sábado, 12 de marzo de 2011

REUNIÓN MANTENIDA SOBRE CALENDARIO LABORAL.

Hola compañeros,  para quien todavía no supiera nada del tema aquí os dejo en primer lugar la propuesta que había realizado el jefe de Policía al concejal de RR:HH:


REGULACIÓN DE LAS CONDICIONES ESPECÍFICAS DE LA POLICÍA LOCAL

1. Jornada laboral

A todos los efectos, se considerará como cómputo tipo, la jornada laborar anual establecida para el personal del Ayuntamiento de Pinto (Madrid) para cada año, no pudiendo desviarse en defecto o exceso en más de cinco horas al año, recuperándose o compensándose en cada caso la desviación superior.

La jornada laboral establecida con carácter general será de ocho horas, quedando establecido el horario como sigue:

TURNO DE TRABAJO
HORA COMIENZO
HORA FINALIZACIÓN
MAÑANA (*)
06,30 HORAS
14,30 HORAS
TARDE (*)
14,30 HORAS
22,30 HORAS
NOCHE
22,30 HORAS
06,30 HORAS

(*) Las Secciones de Servicios Administrativos, Educación Vial, Mantenimiento Vehículos, y Custodia Edificios Municipales, realizarán su trabajo de lunes a viernes no festivos y se regirán por su horario específico, siendo el siguiente:

SECCIÓN
TURNO DE MAÑANA
TURNO DE TARDE
SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
08,00 a 15,00 HORAS
15,00 a 22,00 HORAS
EDUCACIÓN VIAL
08,00 a 15,00 HORAS
----
MANTENIMIENTO VEHÍCULOS
08,00 a 15,00 HORAS
----
CUSTODIA EDIFICIOS
07,45 a 14,45 HORAS
14,30 a 21,30 HORAS



2. Turnos de trabajo

Se confeccionarán de manera obligada cuadrantes de servicio anuales.
El sistema será de ocho días trabajados y seis librados, distribuidos con carácter general en un los turnos especificados en el apartado anterior, con carácter rotativo, mensual (28 días) o bimensual (56 días).
Los turnos se establecerán de forma equitativa y la libranza se iniciará con carácter general los martes, miércoles y jueves.
          El Jueves y Viernes Santo se librarán junto con el fin de semana correspondiente, tendiéndose a que esta libranza sea rotativa anualmente.
En navidades, cada agente librará nochebuena y navidad, o bien, nochevieja y año nuevo, estableciéndose la libranza según cuadrante, no obstante, no se concederán ningún tipo de permisos desde el 20 de diciembre al 06 de enero del año siguiente, ambos inclusive.


3. Vacaciones

         Se establecerán con carácter general tres turnos de vacaciones, distribuidos en 1/3 de plantilla disfrutando los mismos, siendo los siguientes:

         -Del 1 al 31 de Julio, ambos inclusive.
         -Del 1 al 31 de Agosto, ambos inclusive.
         -Del 1 de Septiembre al 1 de Octubre ambos inclusive.

         A estos periodos se les sumará los días que el Estatuto Básico del Empleado Público otorga a cada Policía Local en función de la antigüedad.

Al objeto de optimizar los servicios, el personal de policía no deberá en ningún caso poder fraccionar estos periodos de vacaciones, compensándose la pérdida de dicho derecho en la forma que se determine por acuerdo entre la Corporación y los Representantes Sindicales.

         Los Policías Locales que trabajen en periodo estival, en función del acuerdo de reducción de jornada existente en el momento actual, tendrán derecho a dicha reducción diaria por cada día trabajado.


4. Fiestas del Cristo y Patronales

         En las Fiestas del Cristo y Patronales el sistema de libranzas y cualquier tipo de permisos del personal que no se encuentre disfrutando de su periodo vacacional, se verá interrumpido, la semana correspondiente a las Fiestas del Cristo y del 08 al 15 de Agosto, trabajándose en dichos días en dos turnos de trabajo de 12,00 horas cada uno.
         La libranza suspendida en dicho periodo será ajustada, siempre que sea posible en los días anteriores y posteriores a los mismos, y en todo caso antes de que finalice el mes de Agosto habrán sido compensados.
         Por la modificación de libranza y horario en dicho periodo, los Agentes, percibirán una compensación económica a determinar entre la Corporación y los Representantes Sindicales.


5. Reciclaje y actualización

         Se establecen 20 horas anuales por Policía Local para la realización de cursos de reciclaje y actualización. Este reciclaje tendrá carácter obligatorio.
         Estas horas son independientes de las establecidas en convenio para cursos de formación.





6. Nocturnidad

         Por la realización de trabajo en turno de noche u horario nocturno los Agentes de la Policía Local tendrán derecho a la compensación económica establecida entre la Corporación y los Representantes Sindicales.
         Dicha compensación se devengará por noche trabajada en la cuantía correspondiente.



7. BAJAS POR I.L.T.

         En el caso de bajas laborales motivadas por accidente no laboral u otra índole que no tengan relación con la actividad profesional, se tomen por quien corresponda las medidas oportunas para que estas no sean devengadas al 100 % del salario, tal como establece el actual acuerdo, al objeto de tratar de disminuir el elevado absentismo laboral.
        



         Todo lo anterior deriva y tiene su origen en las siguientes prescripciones legales, y para optimizar los recursos humanos existentes, con ello se consigue resolver los graves problemas que se observan en los turnos fijos, la perdida de tiempo en los solapes que no sirven para nada en el momento actual y tal y como esta diseñado los horarios y turnos, del mismo modo se termina con el problema de fiestas y sobre todo se vuelve a trabajar bajo los parámetros de la ley tanto nacional como de la comunidad, y no estar con los brazos atados quien en definitiva luego es el responsable:

Artículo 32. Jefatura de Cuerpo.
El Cuerpo de Policía Local estará bajo el mando del Alcalde o, en caso de delegación, del Concejal o funcionario que se determine.
El Jefe inmediato del Cuerpo será el miembro de la plantilla de mayor jerarquía. En caso de igualdad se hará el nombramiento conforme a los principios de mérito y capacidad. Igualmente se designará quién deba sustituir al Jefe del Cuerpo en caso de ausencia.
Corresponderá al Jefe del Cuerpo la dirección, coordinación y supervisión de las operaciones del Cuerpo, así como la administración que asegure su eficacia, debiendo informar a sus superiores sobre el funcionamiento del servicio.


Artículo 19.- FUNCIONES DEL JEFE INMEDIATO DEL CUERPO

Bajo las directrices de sus superiores, corresponderá al Jefe inmediato del Cuerpo la dirección, coordinación y supervisión de las operaciones del mismo, así como la administración que asegure su eficacia, mediante el desempeño de las siguientes funciones:

a) Exigir a todos sus subordinados el cumplimiento de sus deberes, sin perjuicio de las atribuciones que corresponden a cada funcionario.

b) Designar el personal que ha de integrar cada una de las Unidades y Servicios.

c) Dirigir y coordinar la actuación y funcionamiento de todos los servicios del Cuerpo, inspeccionando cuantas veces considere las Unidades y dependencias del mismo.

d) Elaborar la Memoria anual del Cuerpo.

e) Elevar a la Alcaldía los informes que, sobre el funcionamiento y organización de los servicios, estime oportuno o le sean requeridos.

f) Proponer al Alcalde la iniciación de procedimientos disciplinarios a los miembros del Cuerpo, cuando la actuación de los mismos así lo requiera, y la concesión de distinciones a las que el personal del Cuerpo se haga acreedor.

g) Hacer las propuestas necesarias al Alcalde para que la formación profesional y permanente del personal del Cuerpo quede garantizada.

h) Formar parte de la Junta Local de Protección Civil en aquellas localidades donde hayan sido constituidas.

i) Acompañar a la Corporación en aquellos actos públicos en que ésta concurra y sea requerido para ello.

j) Mantener el necesario grado de comunicación con la Jefatura de otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad así como con la Jefatura Provincial de Tráfico y los Organos de Protección Civil, en orden a una eficaz 19 colaboración en materia de seguridad y protección ciudadanas.

¡¡INCREIBLE!!  tantos años de representación sindical sirven para ejercitar demasiado la mente.

Bueno esta propuesta ha sido desechada tanto por el Ayuntamiento como por los representeantes sindicales ya que nos parece una broma.

En la reunión mantenida, el Concejal informa que la postura general del Ayuntamiento es que sigamos como hasta ahora, ya que el actual calendario es prorrogable automaticamente cada año y que para ir a peor nos quedamos como estamos. Por parte de los representantes sindicales se  informa al Sr. Concejal de la posibilidad de hacer un sistema de trabajo de 7 / 7 con una jornada de 8:30 horas, esta opción sera estudiada por la corporación ya que para llegar a este sistema y para que cuadren las 1505 horas anuales la corporación tiene que aceptar que en el cuadrante anual se resten la media hora de jornada de verano que en esto no hay problema, pero tienen que aceptar una reducción de 10 minutos diaríos  que algunos departamentos del Ayuntamiento utilizan para poder fichar más tarde, tambien desapareceria la libre disposición (exceso de jornada anual) con este sistema.
Tambien se ha pedido desde esta sección que a la mayor brevedad posible se atiendan todas las peticiones de cambios de turnos solicitados por los compañeros.

De todo esto seguiremos informando.
Saludos

6 comentarios:

  1. Por mi parte no comentaré la propuesta de Jefatura porque es mas de lo mismo.
    Respecto a la propuesta del 7/7 me parece bien siempre que no debamos horas y que se llegue a un consenso sobre los horarios de entrada y salida de los diferentes turnos de trabajo.
    Lo importante sería que antes de las elecciones este tema quedara zanjado y que se atiendan a los cambios de turno solicitados por los agentes que lo pidieron en tiempo y forma.

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  2. La linea es la que dices owhwo, que no se deban días y que consigamos el 7/7, además es muy importante que se atienda de una vez y de forma justa tal y como se recoge en el actual y vigente calendario, las solicitudes de cambio de turno, porque entendemos que es necesario y no supone tanta complicación como se nos planteaba. Aun así hay que instara todos los compañeros a que utilicen y se informen en esta pagina, nos hagan también llegar cualquier propuesta y hagamos de el una eficaz herramienta.

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  3. Interesante. En lo que toca a los administrativos, el jefe nos dijo que no tenía ningún inconveniente en que trabajásemos 8/6 o incluso 7/7 siempre que los sindicatos no le pusieran ningún problema.

    Está bien ver la propuesta de jefatura, me ha parecido muy interesante poder leerla yo mismo y dejar de escuchar rumores.

    Saludos a todos menos a uno.

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  4. Bueno lo más lógico, normal, y correcto, es que la Jefatura del cuerpo este presente en la negociación del calendario labora. ¿ Por qué?, porque así se recoge en el calendario vigente y porque además entendemos que algo tendrá que decir ya que la organización, distribución y coordinación de los servicios le corresponden a el, lamentamos que a día de hoy no se pueda haber llegado a ningún acuerdo, pero tenemos esperanzas en que todos encontremos lo mejor para todos, sin perjudicar a nadie o por lo menos que los perjudicados sean los menos....

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  5. Bueno la propuesta del Sr. Suboficial Jefe, en la linea que se esperaba, mejor no comentar nada mas, es como dicen los compañeros, preferible que se solucione antes de las elecciones y que no se deban horas a final del año. Seguiremos viendo la pagina e informandonos. Un saludo a todos.

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  6. veo que la pagina esta empezando a funcionar, y me parece interesante que todos sepamos lo que se esta cociendo en las negociaciones, y que por parte de los representantes nos tengan informados, de la propuesta mejor no comento nada un saludo. gracias miembros de la junta al menos da la impresión que os lo estáis currando

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